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De acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), alrededor del 62% de los trabajadores en México no contribuyen a la seguridad social por lo que no cuentan con una herramienta de ahorro para su retiro como el que sí tienen quienes están afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) a través de una cuenta de ahorro individual en una Afore (Administradora de Fondos de Ahorro para el Retiro).
No obstante, los trabajadores independientes tienen a su disposición una excelente opción para empezar a construir, desde ya, el retiro que desean: el Plan Personal de Retiro (PPR), un esquema de ahorro que ofrecen distintas instituciones financieras autorizadas (seguros, bancos, casas de bolsa, administradoras de fondos para el retiro o sociedades operadoras de fondos de inversión) para administrar el ahorro que las personas destinan para financiar su retiro, y que ofrece los mismos beneficios fiscales que obtiene un trabajador cuando realiza aportaciones voluntarias a las cuentas de ahorro complementario en su Afore.
Es importante señalar que para asegurar que el ahorro invertido a través de un PPR se va a utilizar para financiar el retiro, los recursos sólo pueden ser retirados cuando el titular de la cuenta cumpla 65 años o en caso de invalidez o incapacidad. De no cumplir este requisito de permanencia se pierden los beneficios fiscales pues al retirar el ahorro de manera anticipada se tiene que pagar un 20% de ISR provisional (sobre capital más los intereses) a reserva de que en la declaración anual se acumule a los ingresos obtenidos y se paga la tasa de impuestos que corresponda.
En México se incentiva el ahorro de mediano y largo plazo con exenciones, deducciones y diferimiento del pago anual de impuestos a través de inversiones realizadas en una Cuenta Especial de Ahorro (con permanencia obligatoria de 5 años), y un Plan Personal de Retiro (con permanencia obligatoria hasta que el ahorrador cumpla 65 años). Estos incentivos pueden aprovecharse para invertir y generar más intereses (interés compuesto) alcanzando un monto final de ahorro para el retiro más elevado.
El artículo 151 fracción V de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) establece que una persona puede deducir en su declaración anual de impuestos hasta el 10% de su ingreso anual o 5 Unidades de Medida y Actualización (UMA) elevadas al año -la cantidad que resulte menor-. El valor diario se actualiza cada año conforme a la inflación y en 2021 se estableció en 89.62 pesos por lo que el cálculo anual de 5 UMAs es de 163,466 pesos.
También, debes saber que al igual que sucede con las Afores, los PPR son administrados en cuentas individuales por lo que puedes “cambiar” tus recursos a otra institución sí así lo decides sin mayor problema.
Otra de las grandes ventajas de invertir en un PPR es que tienes la libertad de elegir el tipo de instrumentos en los que deseas invertir, algo que podría potenciar el crecimiento de ahorro para el retiro en el tiempo. Cabe recordar que las Afores cuentan con varias restricciones para administrar los recursos atendiendo, principalmente, a la edad del ahorrador.
Por otra parte, en caso de fallecimiento del titular del PPR, el beneficiario designado deberá acumular a sus demás ingresos del ejercicio, los retiros que efectúe de la cuenta o canales de inversión.
En octubre se aprobó la miscelánea fiscal 2022 y en lo que respecta al artículo 151 de la Ley del ISR, fracción V, no hubo cambios. Se mantuvo la exención para los planes personales de retiro y las aportaciones complementarias de retiro en 10% del ingreso anual o el equivalente a 5 veces el valor anual de la UMA, lo que resulte menor.
Si tienes la fortuna de tener una cuenta de ahorro individual en una Afore, debes saber que la tasa de reemplazo que obtendrás al retirarte es, en promedio, el equivalente al 30% de tu último ingreso ¿Suficiente para mantener tu estilo de vida? No, por eso necesitas buscar opciones complementarias para incrementar tu ahorro, y la mejor opción es un PPR que ofrece ventajas fiscales similares a los que tendrías en caso de optar por el ahorro voluntario en tu Afore, pero, además, tendrás la ventaja de poder elegir en qué tipo de activos (con la relación riesgo-rendimiento con el que te sientas cómodo) quieres invertir y en qué proporción, maximizando los rendimientos de tu ahorro para el retiro.
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El PPR es para toda persona física que desea contar con un plan alterno y seguro para su retiro y que gana con beneficios fiscales.
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